domingo, 20 de junio de 2010

Poder Judicial de Nayarit

Comunicado

*Al alcance de todos los nayaritas, la forma de hacer valer sus derechos fundamentales

*También en todos los municipios pueden contribuir a que prevalezca la Constitución local

Tepic, Nay., 20 de junio de 2010.

En los veinte municipios ya está al alcance de los nayaritas una forma sencilla y ágil de hacer valer nuestros derechos fundamentales y de contribuir a que prevalezca la Constitución sobre cualquier otra norma local: en el interior del estado, a través de los juzgados de primera instancia, y en Tepic, de la Sala Constitucional Electoral del Poder Judicial.

Así se dio a conocer, en presencia de medio centenar de abogados litigantes, durante el Taller de Justicia Constitucional Local impartido en las instalaciones de la Escuela Judicial por magistrados de la Sala Constitucional Electoral.

En el mencionado taller, los abogados recibieron una amplia información sobre la reciente reforma constitucional en materia judicial y en particular del contenido de la Ley de Control Constitucional del Estado de Nayarit, reglamentaria de las fracciones I a V del artículo 91 de la Constitución local.

Se les dio a conocer que dicha ley, publicada el pasado 2 de junio en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, contiene una forma ágil y sencilla para que personas y autoridades nayaritas promuevan la intervención o interpretación del Poder Judicial respecto de actos o normas generales que estimen violatorios de la Carta Magna de nuestra entidad.

Los magistrados José Miguel Madero Estrada, Rafael Pérez Cárdenas, Ismael González Parra y Pedro Antonio Enríquez Soto fungieron como ponentes del taller y aclararon algunas dudas de los profesionales del derecho sobre los diversos mecanismos que la ley prevé para garantizar la supremacía de la Constitución local y en relación con los cuales deberá resolver la Sala Constitucional Electoral.

Al efecto, se precisó que mediante las controversias constitucionales se busca resolver posibles violaciones o invasiones de competencia de los poderes del estado, municipios y organismos autónomos, siempre que dichas controversias no sean competencia del Poder Judicial de la Federación, y tendrán por objeto determinar si la disposición general o el acto impugnado son acordes o contrarios a la Constitución local.

Por otra parte, según se informó a los abogados nayaritas, las acciones de inconstitucionalidad tienen por objeto resolver y determinar la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución del estado, con el fin de evitar que se vulneren los principios consagrados en la propia Carta Magna local.

También se dio a conocer que personas y autoridades nayaritas pueden promover acciones de inconstitucionalidad por omisión, a fin de que se expida una norma, cuando en ella se deba consagrar alguno de los principios constitucionales.

Las autoridades, por su parte, pueden plantear cuestiones de inconstitucionalidad, lo que implica que antes de aplicar una ley, si presumen que ésta es contraria a la Constitución, consulten a la mencionada sala del Poder Judicial si la norma puede ser aplicada o no.

Finalmente, se informó a los abogados asistentes al taller sobre la posibilidad de entablar un juicio de protección de derechos fundamentales, como un medio de defensa del gobernado contra los actos u omisiones en que incurran las autoridades y que vulneren o restrinjan uno o más de los derechos contemplados en el artículo 7º de la Constitución de nuestro estado, como los derechos sociales a la salud y la educación.

Cabe destacar que algunos de dichos instrumentos, como la acción por omisión legislativa y la cuestión de inconstitucionalidad, no están contemplados siquiera para la protección de la Constitución General de la República, y son herramientas que indudablemente vendrán a fortalecer nuestro estado constitucional de derecho en beneficio del pueblo nayarita y a evitar la discrecionalidad en el ejercicio del poder público.

Como parte de la información proporcionada a los profesionales del derecho, gran parte de ellos pertenecientes a alguna de las barras, asociaciones y colegios de abogados de nuestra entidad, se dieron a conocer principios, etapas y características del proceso de control constitucional.

De igual forma se explicó el procedimiento para la creación de jurisprudencia en materia constitucional en el estado, que guiará la posterior interpretación de las normas por la Sala Constitucional Electoral, además de que constituirá un significativo aporte para otras entidades federativas y, en lo conducente, para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el mencionado taller, magistrados expositores y abogados asistentes coincidieron en la importancia de que otros sectores nayaritas conozcan los mecanismos para la protección de sus derechos fundamentales y la tutela de la Constitución del estado.

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