viernes, 9 de julio de 2010

Poder Judicial de Nayarit

Resuelve Sala Constitucional Electoral que no proceden sanciones contra el otrora Partido Socialdemócrata
*Magistrados consideraron que en la respectiva solicitud del IEE hubo indebida fundamentación y motivación
Tepic, Nay., 8 de julio de 2010.
En sesión pública y en forma unánime, la Sala Constitucional Electoral del Poder Judicial de Nayarit resolvió este jueves que es improcedente imponer sanciones a la ciudadana Reynalda Guzmán Álvarez y al otrora Partido Socialdemócrata (PSD), instituto político en liquidación, en virtud de la indebida fundamentación y motivación de la correspondiente solicitud de la Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral (IEE).
La mencionada Junta Estatal Ejecutiva del IEE, mediante acuerdo del 18 de diciembre de 2009, determinó que el PSD y de manera específica quien ha fungido como presidenta del Comité Ejecutivo Estatal, incurrió en presuntas faltas a la Ley Electoral del Estado y demás ordenamientos aplicables, por lo cual turnó el expediente para los efectos del artículo 223 de la mencionada ley, referente a la aplicación de sanciones.
Sin embargo, tras el concerniente estudio de la ponencia del magistrado instructor, Ismael González Parra, el pleno de la Sala Constitucional Electoral aprobó el respectivo proyecto de resolución, en el que además de considerar que el acuerdo de la Junta Estatal Ejecutiva deviene en indebida fundamentación y motivación, se establece que las presuntas faltas imputadas al PSD y su presidenta estatal son infundadas, toda vez que “los actos denunciados no constituyen violaciones sustantivas a la Ley Electoral del Estado de Nayarit o alguna otra disposición normativa y, por tanto, jurídicamente sería arbitrario establecer una sanción”.
Cabe señalar que la Junta Estatal Ejecutiva del IEE estimó en su oportunidad que la presidenta estatal del PSD incurrió en infracciones a la Ley Electoral en materia de fiscalización de recursos financieros públicos que recibió en 2009, así como en materia de rendición de cuentas por la liquidación de los bienes del partido tras perder su registro nacional por los resultados de la elección del mismo año.
La presidenta del PSD, Reynalda Guzmán, compareció para impugnar el acuerdo de la Junta Estatal Ejecutiva del IEE y, por otra parte, esta autoridad electoral omitió en forma contumaz la remisión a la Sala Constitucional Electoral de documentos que contuvieran los procedimientos y mecanismos para la fiscalización y auditoría del origen y uso de todos los recursos financieros con que cuenten los partidos políticos; las reglas y lineamientos específicos para la presentación de los informes y comprobantes de los partidos políticos, así como el procedimiento para la liquidación de las obligaciones de los partidos que pierdan su registro y los supuestos en los que sus bienes y remanentes serán adjudicados al Estado. Es de precisarse que conforme a la Ley Electoral del Estado, el IEE tiene la obligación de establecer dicha normatividad para fundamentar sus acuerdos en la materia.
Con base en este último hecho, la Sala Constitucional Electoral también resolvió apercibir al consejero presidente del Instituto Electoral para que en lo sucesivo conduzca su actuación en apego a los principios que rigen la materia electoral.
El correspondiente proyecto de resolución obtuvo el voto unánime del pleno de dicha sala, integrado por los magistrados Jorge Armando Gómez Arias (presidente), Pedro Antonio Enríquez Soto, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas, así como el magistrado ponente, Ismael González Parra, quien en la presentación de dicho proyecto fue auxiliado por el secretario de estudio y cuenta de la sala, Alexis Cárdenas Correa.
En su oportunidad, el resto de los magistrados integrantes de la sala felicitaron al magistrado González Parra por el sentido del proyecto de resolución y coincidieron en la necesidad de que se complemente la normatividad para una actuación eficaz del Instituto Electoral del Estado en materia de fiscalización del ejercicio de recursos públicos por los partidos políticos, así como para que éstos presenten sus respectivos informes y comprobantes.
Es de señalarse que la mencionada sesión pública de la Sala Constitucional Electoral fue transmitida en vivo por internet a través del portal www.tsjnay.gob.mx.

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